Recientemente una sentencia de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional rechazó un recurso presentado por Cala Nova Hotelera S. A. (Empresas Matutes), propietaria del hotel Fiesta Cala Nova, y confirmó que este hotel está dentro del deslinde de Costas. Sin embargo, desde el Consell d’Eivissa aseguran que este hecho no genera problemas «a efectos prácticos», ya que lo único que ocurre es que si los propietarios quieren hacer alguna reforma tienen que pedir «un informe» también a la máxima institución insular.

«Las Normas Subsidiarias de Santa Eulària ya clasificaron como urbano estos terrenos», remarcó el conseller de Territori, Mariano Juan, que recordó que la sentencia proviene de un contencioso que se puso para que la zona del hotel no fuera considerada de protección de costas.

Según la sentencia, cuando se aprobó la ley de Costas, en el año 88, los terrenos no eran urbanos pese a que el Ayuntamiento de Santa Eulària los considera ahora como tales en su planeamiento. Por eso el deslinde costero debe ser de 100 metros y no de 20 como quería la propiedad. Según el fallo judicial, el hotel se construyó en 1970 y tiene licencia de 1974. En 1978 se le dio licencia de apertura y de ejercicio de actividades («circunstancias que no dejan de ser sorprendentes atendida la clasificación de los terrenos», según remarca la sentencia).

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