Después de casi 50 años de inacción y abandono, el Ayuntamiento de Sant Joan ha iniciado los trámites para declarar la caducidad de la licencia de ruina de Cala den Serra y, con ello, proceder a su demolición. Este antiguo proyecto de poblado de vacaciones, ejecutado sin licencia antes de marzo de 1975, ha permanecido en estado de abandono desde entonces. El Consistorio presidido por la popular Tania Marí ha llevado a cabo una inspección exhaustiva que ha revelado la magnitud del abandono y los daños estructurales que afectan a esta controvertida construcción.

Tania Marí ha subrayado la importancia de este expediente porque el derribo de esta estructura «no solo significa la recuperación de un fragmento de la historia de Sant Joan, sino también la garantía de la seguridad de esta comunidad y la protección de nuestra hermosa costa». La alcaldesa, además, ha destacado que se trata de «un paso significativo hacia adelante en el compromiso del Ayuntamiento con el patrimonio y la seguridad de los ciudadanos».

La inspección ha demostrado que la estructura de hormigón armado se encuentra en un estado de deterioro avanzado, con la mayoría de sus elementos al borde del colapso físico, y algunos ya han cedido por completo, provocando derrumbes parciales en diversas áreas.

Los elementos estructurales colapsados y los forjados derrumbados «demuestran décadas de abandono y desidia», según los informes elaborados ahora por el Consistorio y a los que ha tenido acceso Periódico de Ibiza y Formentera. La ruina de Cala d’en Serra ocupa actualmente unos 4.000 metros cuadrados, con unas superficies construidas aproximadas de 5.300 metros cuadrados. Este panorama de deterioro representa «un peligro para la seguridad pública y degrada la belleza natural de la zona», se asegura en el mismo documento. «No solo representa un peligro latente, sino que también empaña el alto valor paisajístico de una zona de alto valor en la isla de Ibiza», añaden los técnicos, «y por este motivo el Ayuntamiento ha determinado que es esencial restaurar el área a su estado original».

La licencia original

El Ayuntamiento de Sant Joan otorgó el 12 de abril de 1975 una licencia de modificación de obra a Cala d’en Serra SA para la construcción del poblado de vacaciones en este enclave. La obras deberían desarrollarse en un plazo de dos años. Sin embargo, los promotores solicitaron diferentes prórrogas en 1979, 1982 y 1986. La fecha límite fue fijada para el 3 de diciembre de 1990.

33 años más tarde, el arquitecto técnico de la Corporación de Sant Joan ha emitido un informe que proporciona una detallada descripción del estado actual de la estructura en Cala d’en Serra y su evolución a lo largo del tiempo, documentada mediante fotografías aéreas. Un informe desfavorable del anteproyecto de infraestructuras del Ministerio de Vivienda de 1975 ya arrojaba luz sobre las deficiencias del proyecto original. En este informe se indicaba que el terreno carecía de un plan general de ordenación aprobado legalmente y lo calificaba como suelo rústico. Además, «la edificabilidad proyectada excedía lo permitido por el artículo 69 de la Ley del Suelo vigente en ese momento», según recoge el informe realizado ahora. El Ministerio de Vivienda, además, constató que «no se gratificaban en los planos la totalidad de los aparcamientos indicados en la memoria y se consideraba inadmisible la altura propuesta de 2,40 metros desde el suelo hasta el techo de las habitaciones, ya que no cumplía con el requisito mínimo, que era de 2,50 metros».

Interés general fallido

En agosto de 2012, Laurence Grant Kirschel, en nombre de Mirenview Limited, propietario de los terrenos, presentó una solicitud para la declaración de interés general para la construcción y explotación de un hotel de lujo. Sin embargo, la documentación presentada no cumplía con los requisitos mínimos establecidos en la instrucción 5 del Plan Territorial Insular (PTI). Además, en los planos se ubicó erróneamente la edificación en una zona considerada Área Natural de Especial Interés (ANEI).

Estos «incumplimientos de los procedimientos normativos» han sido clave para la declaración de ruina. «La ubicación incorrecta y la ausencia de documentación esencial condujeron a la inviabilidad definitiva del proyecto», han recordado las fuentes municipales consultadas por Periódico de Ibiza y Formentera.

Así, la Junta de Gobierno Local tomó la decisión de no dar luz verde a la solicitud en mayo de 2013 y desestimó la petición de declaración de interés general, que realmente tenía como objetivo «construir un complejo de lujo».

La propiedad recurrió la decisión, pero el recurso fue denegado en agosto de 2013, dado que «el uso propuesto constituía un uso prohibido no sólo por la normativa autonómica sino también por la normativa estatal de costas por lo que no se daban las condiciones exigidas por la normativa de aplicación para la tramitación de la solicitud de interés general». En el mismo acuerdo se ordenó el vallado de la finca, dada la peligrosidad que representa el estado de la estructura.

El informe elaborado por una abogada externa señala el estado ruinoso de la edificación, lo que desencadena los efectos del artículo 129 de la Ley de Urbanismo de las Islas Baleares que impide autorizar obras de consolidación. En este mismo sentido se pronuncia el artículo 154 que prevé «(…) la licencia urbanística caducará si al acabar cualquiera de los plazos establecidos en este artículo o las prórrogas correspondientes, que se indicarán expresamente en el acto administrativo del otorgamiento, no se han empezado o no se han acabado las obras. (…) Una vez caducada la licencia urbanística, el órgano municipal competente lo declarará y acordará la extinción de los efectos, de oficio o a instancia de terceras personas y previa audiencia de la persona titular».

La edificación también se encontraría en la zona de servidumbre de protección de Costas en la cual están expresamente prohibidas las edificaciones hoteleras e incluso el uso residencial.

La propiedad tiene ahora 15 días para presentar alegaciones a la declaración de la caducidad de la licencia.