Imagen de una de las votaciones llevadas a cabo este jueves durante el Pleno del Ayuntamiento de Ibiza. | Irene Arango

El Pleno del Ayuntamiento de Ibiza ha dado luz verde este jueves a la propuesta de la Concejalía de Urbanismo, dirigida por el popular Juan Flores, para adaptar algunas de las medidas contempladas por el decreto de emergencia habitacional del Govern balear. Así, se facilitará la reconversión en viviendas de locales comerciales y, además, la de los terrenos que tengan la calificación urbanística de equipamiento. También se cambiará la densidad «para facilitar la división de viviendas en edificios plurifamiliares». No se permitirá, sin embargo, el crecimiento en altura, tal y como contempla el decreto como una de las medidas para hacer frente a la grave crisis de la vivienda.

En lo que se refiere al cambio de uso de los locales comerciales, este se permitirá en ocho zonas de la ciudad: can Sant y can Escandell, can Cantó, can Misses, cas Serres, platja d’en Bossa, puig d’es Molins y Talamanca. Quedarán fuera de esta reconversión algunos locales de platja d’en Bossa y otros existentes en suelo urbano con la calificación de Eixample. En esta zona, comprendida entre la avenida de España, avenida de Sant Jordi, calle Puerto de la Savina-Josep Tarrés, calle Ramón Muntaner-Pere Escanelles y paseo de ses Pitiüses (Figueretes), el Ayuntamiento facilitará la reconversión de los locales a viviendas en planta baja «siempre que estén situados de manera que exista una separación entre la alineación en calle y la fachada del local o no tenga fachada al paseo o espacio libre público».

Noticias relacionadas

Tampoco se podrán reconvertir locales comerciales que estén ubicados en el casco histórico de la ciudad dado que «actualmente no hay limitación por razones de intensidad de uso en la normativa de aplicación».

En cuanto al cambio de densidad de las viviendas, el Pleno ha aprobado que esta medida se aplique «en viviendas existentes en edificios plurifamiliares o plurifamiliares adosados, situados en suelo urbano con uso característico plurifamiliar siempre que sus dimensiones permitan una división que cumpla con las condiciones de habitabilidad y con la densidad máxima de una vivienda por cada 60 metros cuadrados de superficie edificable residencial de parcela permitida por el planeamiento». Quedarán fuera de esta medida los edificios ubicados en el casco histórico «por la protección patrimonial de sus características tipológicas».

El concejal de Urbanismo, Juan Flores, ha explicado, por otro lado, que el Ayuntamiento no aplicará la medida que permite incrementar la altura de los edificios pues «el modelo de ordenación que pretende el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) establece regulaciones de edificabilidad adecuadas para intentar reducir el techo máximo de población, procurando una mejora de adecuación de los parámetros reguladores de la tipología arquitectónica, la altura y la intensidad originarias de las diferentes zonas urbanas». «Es un objetivo de la revisión del PGOU frenar las alturas de la edificación», ha añadido el edil, «por lo que la posibilidad de incrementar las alturas de las edificaciones existentes iría totalmente en contra del modelo de ordenación del término municipal de Ibiza».