Puerta principal de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca.

La Audiencia Provincial de Palma ha desestimado el recurso de apelación que presentó el doctor Ricardo Muñoz Rozo, que fue condenado por utilizar su condición de médico para abusar sexualmente de una paciente que le visitó en su consulta de traumatología en Eivissa a principios de febrero de 2000. Por tanto, queda ratificada la sentencia que dictó en junio de 2002 el juzgado de lo Penal de Eivissa, que condenó por abuso sexual a este médico a pagar a su víctima 3.240 euros. Muñoz Rozo trataba a una paciente que sufría una fuerte lumbalgia. El médico le ordenó tumbarse en una camilla en posición de dar a luz y le enseñó con una demostración distintas técnicas de masturbación para que, supuestamente, mejorara su vida sexual. El acusado, según la sentencia, le dijo a su paciente al concluir que «lo practicara siempre que pudiera, incluso sola, cuando viera la televisión».

En la descripción de los hechos, ya probados, se recoge que Muñoz Rozo elaboró «un croquis para que [la mujer] se lo entregara a su marido, para que así éste pueda hacerle la técnica de los puntos posteriores o nalgas». Después, la víctima, una mujer entonces de 26 años de edad, precisó tratamiento psiquiátrico. Pero con esto no acabaron las enseñanzas del doctor. La joven ya se iba de la consulta, adonde llegó acompañada por su hija de tres años, cuando el facultativo le preguntó si creía en la medicina natural, a lo que contestó afirmativamente. El médico le quiso a enseñar a la joven «unos ejercicios que le vendrían muy bien», según sentencia. El médico cerró la puerta, se apoyó en la camilla y cogió las manos de la mujer: «Las puso en su culo diciendo que lo tenía que notar duro y a continuación hizo lo mismo en el culo de ella».

Tras contestar una llamada telefónica, el facultativo pidió a la paciente que se desabrochara los pantalones y que le diera sus dedos para no tocarla. Al dárselos, «los cogió llevándoselos en primer lugar a la zona anal, donde practicó diversos movimientos circulares para a continuación dirigirlos al clítoris, donde repitió la operación», según consta en la sentencia. La paciente se marchó algo confusa y relató lo sucedido a su marido, que también decidió visitar al doctor Muñoz Rozo, pero para agredirle, motivo por el que se sigue otra causa. Uno de los argumentos que el doctor esgrimió en su recurso es que la mujer declaró que no recordaba si llevaba o no las bragas puestas, lo que según el recurso desestimado ayer, no es de recibo en una persona adulta.