La juez del Juzgado de lo Penal 2 de Eivissa, Martina Rodríguez, dejó ayer visto para sentencia el caso de dos hombres a los que acusa por un delito contra la ordenación del territorio a uno de ellos y al otro por un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente. El primero está acusado de construir sin licencia en su propiedad una piscina de 50 metros cuadrados y 80 metros cúbicos y una terraza cubierta y el segundo de aprovechar la arena que el primero extraía para allanar parte de un torrente que pasa por su finca, colindante con la del anterior.

Los hechos los denunció por primera vez el Consell Insular el 17 de enero de 2001 y datan de abril de 2000. La enorme tardanza a la hora de enjuiciar el caso fue esgrimida como atenuante por parte de la defensa de la persona que construyó la piscina sin licencia, un italiano residente en Francia, M. F., que tan sólo pasa un mes al año en la isla. Las fincas están en la zona llamada Can Sendic, en es Cubells, y el torrente se conoce como ses Boques.

El Ministerio Público no modificó sus conclusiones tras escuchar los testimonios de los acusados y mantuvo su petición de un año y medio de prisión para cada uno de ellos. Además para el italiano reclama una multa de 14.400 euros y o para quien allanó parte del torrente, el ibicenco J.T.R., una sanción de 5.184 euros. Para el italiano reclama su inhabilitación como promotor por un año y medio y para el ibicenco la prohibición de dedicarse durante el mismo periodo a la agricultura, ya que se supone que allanó el torrente para ganar un bancal.

La defensa de ambos solicitó la libre absolución. En el caso del italiano se basó en que una funcionaria del Ayuntamiento de Sant Josep le remitió un fax en el que decía que la piscina y la terraza eran obra menor, según le habían informado el arquitecto municipal, entonces Antonio Huerta, y el aparejador, y que se concedería la licencia, motivo por el que decidió, por supuesto «silencio administrativo», hacer la obra antes de contar con la licencia que, de hecho, finalmente fue denegada en 2002. La zona, incluida dentro del fallido Parque Natural de Cala d`Hort, cuenta con la máxima protección medioambiental. Por su parte, la defensa del agricultor argumenta que el allanamiento no causó daños y que es lo que han hecho los payeses toda la vida.

Cuatro de los cinco peritos citados ayer consideraron que tapar un torrente, aunque sólo sea en parte, supone un peligro y una modificación geomorfológica indeseable desde el punto de vista medioambiental. El perito de parte piensa que en este caso concreto no afecta.