No fue necesario escuchar a las partes ni a los testigos porque el acusado reconoció el delito contra la Hacienda Pública que le imputa el Ministerio Público y la juez titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Eivissa, Martina Rodríguez, dictó sentencia in voce contra J.A.D.R., un hombre de nacionalidad española que en el año 2002 era el responsable de una empresa de construcción en la isla.
En un principio el Ministerio Público solicitaba una pena de dos años y tres meses de prisión, la devolución del dinero que debería haber entregado al Tesoro Público y no entregó, 355.001 euros, y una sanción económica por la misma cantidad, es decir, un total de 710.002 euros.
Todo en 2002
Tras la negociación entre la representante del Ministerio Público y el abogado del constructor, éste reconoció los hechos que se le imputan y aceptó una pena de prisión de 18 meses.
De esta forma, al carecer de antecedentes penales y haber sido condenado a una pena inferior a dos años de duración, no tendrá que ingresar en el centro penitenciario, informaron fuentes judiciales.
Sin embargo, en cuanto al dinero que tiene que ingresar a Hacienda y la multa, no hubo posibilidad de rebaja, de forma que J.A.D.R. tiene que hacer frente al pago.
Según el escrito de acusación, admitido en su integridad por el constructor, éste dejó de ingresar en el ejercicio del año 2002 la cuota repercutida a empresas con las que había realizado contratos, pero hacía constar como IVA soportado sumas que en realidad no había pagado, dejando de pagar a Hacienda la cantidad de 355.001 euros.