A.C.B., un hombre que se encuentra en la prisión de Eivissa por vulnerar una orden judicial de alejamiento respecto de su ex pareja, ha vuelto a ser condenado por el mismo motivo, ésta vez a siete meses de prisión, es decir, por un delito de quebrantamiento de condena. En su sentencia, la magistrada del Juzgado de lo Penal número 2 de Eivissa, Martina Rodríguez Caritg, recuerda que este hombre, que fue condenado en sentencia firme el 20 de septiembre de 2009 por un delito de amenazas en el ámbito familiar, en concreto contra su ex pareja. Se le prohibió acercarse a ella, a su domicilio y a los lugares que ella frecuenta durante 16 meses, así como ponerse en contacto con ella durante el mismo periodo.

En febrero ya fue condenado por quebrantar esta medida a la pena de un año de prisión. En aquella ocasión, la llamó desde un número de teléfono que ella no conocía, por lo que descolgó: «¿Quieres hablar conmigo?», preguntó él antes de que ella colgara. También se acercó a ella con su coche y la miró de forma desafiante cuando ella iba andando y, finalmente, cuando la mujer esperaba turno para ser atendida en una farmacia él abrió la puerta del establecimiento y vociferó para que todo el mundo le oyera: «Esa gran hija de puta me quiere meter en la cárcel», y se marchó.

Ahora, en la última sentencia, a fecha de 8 de marzo, que juzga hechos previos a los de la sentencia anterior, ha sido condenado a siete meses por coincidir con la mujer en Correos y en lugar de marcharse o ignorarla se acercó a ella y le dijo que tenían que hablar, que la hundiría, arruinaría y acabaría con ella, y que iba a denunciarla en la prensa por la construcción de una casa según él ilegal.

La ruptura

En ambas sentencias se recuerda que la pareja, tras 18 años de relación, rompió por iniciativa de ella, algo que él no acepta. A raíz de la decisión de separarse, ambos firmaron un acuerdo privado en el que acordaban que él recibiría un pago de 30.000 euros y 1.100 más al mes y se comprometía a no pedir más dinero.