La juez solo deja fuera de los hechos a enjuiciar la ausencia de una de las menores a clase al estar fuera del periodo de escolarización obligatoria. Imagen de archivo. | Efe

A juicio por no llevar a sus hijos a clase por miedo a la pandemia. Un juzgado de Instrucción de Palma ha iniciado los trámites para enjuiciar a un matrimonio que residía en Llucmajor por no cumplir con la obligación de escolarizar a tres de sus cuatro hijos en el curso escolar 2020/2021. Durante la instrucción, los padres excusaron su decisión en los problemas de salud de una de las menores, que había tenido problemas respiratorios y el miedo de que cualquiera de los tres hermanos se contagiara de COVID.

La situación de los menores fue descubierta por la Policía Local del municipio en febrero de 2021 cuando los detectaron de forma reiterada jugando en la puerta de su domicilio en horario escolar. A partir de ahí, la Guardia Civil llevó a cabo un atestado y los padres fueron imputados. Ambos coincidieron en su versión del miedo al coronavirus y el temor por la salud de su hija pequeña. Los menores que no fueron escolarizados durante esos meses tenían entonces once y cinco años años de edad en el caso de dos mellizos.

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La falta de escolarización de los menores provocó que también interviniera en el caso el Institut Mallorquí d’Afers Socials. Los padres se comprometieron a escolarizar a sus hijos al curso siguiente, una vez fueron interrogados en verano en el juzgado de Instrucción. De hecho, aportaron la solicitud de plaza, una vez que se les advirtió de posibles consecuencias más graves que su imputación vinculadas a la tutela de los cuatro menores que se encuentran a su cargo. Ahora mismo no residen ya en Mallorca.

Obligación

El auto del Juzgado de Instrucción 11 señala que los dos progenitores eran conscientes de la obligación que tenían de garantizar la educación obligatoria de sus hijos como titulares de la patria potestad. Aún así, «no llevaron a los mismos a los centros escolares en los que estaban matriculados, ni a ningún otro, durante, al menos, todo el curso 20-21. Al inicio de ese periodo los menores regresaron a las aulas tras el confinamiento y el cierre de colegios desde marzo de 2020.

La vuelta a los centros educativos estuvo marcada por estrictas medidas sanitarias y protocolos para evitar contagios. La magistrada cierra ahora la investigación y entiende que existen indicios de delito suficientes para que ambos padres sean juzgados por un delito de abandono de familia. Da traslado a la Fiscalía para que formule calificación provisional. En cualquier caso, la pena prevista por este tipo penal no supera el medio año de prisión.