Fachada del edificio donde se encuentra el Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo ha tipificado recientemente como un delito de agresión sexual la obtención de fotografías y vídeos de contenido sexual de una menor mediante intimidación en las redes sociales. Así lo ha dictaminado en una condena contra un hombre que chantajeó a una menor por la red social Tuenti para que le enviase fotografías y vídeos de ella con contenido sexual, y amenazándola, si no lo hacía, con publicar los archivos que ya le había enviado.

El condenado se inscribió en Tuenti con una identidad falsa y envió una petición de amistad a la víctima, de 12 años, a quien le obligó a hacerse fotos y grabarse vídeos sexuales y enviárselos, bajo la amenaza de denunciar a su familia y de difundir las grabaciones que tenía de ella a sus contactos en esa red social.

La sentencia explica que la dimensión social de las TIC, al facilitar el intercambio de imágenes y vídeos de los actos de cosificación sexual, puede convertirse en un potentísimo instrumento de intimidación con un mayor impacto nocivo y duradero de lesión del bien jurídico. Además, indica que no debe perderse de vista que las TIC han aumentado los modos de accesibilidad a los niños y niñas por parte de personas que buscan, como único objetivo, su abuso y explotación sexual.

Estamos ante una sentencia a tener en cuenta para proteger a los menores de edad en el ciberespacio. También deberían considerarla las plataformas sociales para evitar la recopilación y distribución de contenidos relacionados con la explotación y abuso sexual de menores. Esta es una buena noticia, pero para contrarrestar la explotación y abuso sexual infantil online es importante la coordinación entre las fuerzas de seguridad, el sector privado y la sociedad civil. Juntos podrán abordar la seguridad infantil en línea.