El Consell embargó dos inmuebles «destinados a hotel» pertenecientes a la sociedad Kigori. Foto: V.F.

El 21 de febrero de 2000, el pleno del Consell acordó la «obligatoriedad» de cerrar los 'Apartamentos Tropical Garden' y una sanción económica de 30.050'61 euros (unos cinco millones de pesetas). La decisión fue notificada a la sociedad limitada Kigori a finales de marzo de 2000, pero desde entonces el establecimiento sigue abierto y la institución aún no ha podido cobrar esa cantidad. Eso sí, los servicios jurídicos del Consell se han movido desde entonces para que la sanción no caiga en saco roto. Así, el 27 de junio de 2001 se iniciaron las diligencias de embargo de bienes inmuebles de Kigori por un principal de 30.050 euros, un recargo de constreñimiento de alrededor de 6.000 euros, unos intereses de demora de 1.206 euros y unos costes de procedimiento de 14 euros. En total, 37.281 euros.

El Consell decidió el embargo de cuatro bienes: tres edificios y un local. Dos de los inmuebles están situados en la calle Galicia número 12, en ses Figueretes, en un solar de 660 metros cuadrados en el que hay «dos edificios destinados a hoteles», según cita la diligencia de embargo: uno tiene cuatro plantas (de 132 metros cuadrados cada una), y el otro siete, de 2.529 metros cuadrados. El tercer bien está situado en la calle Balanzat número 38 de Sant Antoni, y es conocido como «Hotel Catalina». Tiene tres pisos y 2.671 metros cuadrados construidos. El local embargado se encuentra en la calle Navarra de Eivissa, y tiene una superficie construida de 478 metros cuadrados.

El Consell pidió que se efectuara anotación preventiva del embargo en el Registro de la Propiedad de las Pitiüses a favor de la hacienda local, así como que se lleven a término las actuaciones necesarias para la autorización de subasta. En caso de que finalmente el propietario no abone la cantidad establecida en la sanción, la institución insular ejecutará el embargo y los edificios serán subastados o vendidos. Según explicó un portavoz del Consell, ya en 1999 esa empresa fue previamente sancionada y antes de que fuera ejecutado el embargo abonó una determinada cantidad. A la sanción de 30.000 euros se sumó recientemente otra de 3.000 euros como «multa coercitiva» por el transcurso de quince días sin que la actividad «infractora» hubiera cesado pese a la orden emanada del Consell.