La Audiencia Provincial ha declarado la nulidad de una sentencia emitida por el Juzgado de lo Penal número 2 de Eivissa en la que se absolvía al responsable de la cantera Can Campanitx de Formentera, una explotación que se dedicaba a la extracción de arena en zona protegida.

Esta anulación se produce después de un recurso de Fiscalía, que consideraba al acusado culpables de delitos contra el medio ambiente y contra la flora y la fauna. De hecho, pedía para él dos años y medio de prisión, 147.000 euros de multa y la obligación de restaurar el terreno a su estado original. Según el Ministerio Público, la sentencia no decía nada sobre las extracciones llevadas a cabo en una zona calificada como Àrea Natural de Especial Interés (ANEI) y situada en el dominio marítimo terrestre, una actividad que produjo la eliminación de una especie floral protegida, la silene cambessedesii.

Fiscalía también lamentaba que el fallo judicial no se pronunciara sobre la infracción de diversas normativas directa o indirectamente protectores del medio ambiente, daños causados al sistema dunar y a la especie protegida, ausencia de diversas licencias preceptivas y peligro para el medio ambiente provocado por la conducta enjuiciada.

Quebrantamiento

De hecho, Fiscalía considera que la sentencia absolutoria quebranta normas y garantías procesales e infringe preceptos jurídicos. Ahora la Audiencia estima el recurso del fiscal y considera que la sentencia es nula, por lo que pide a la jueza que proceda de nuevo a su redacción «resolviendo las cuestiones suscitadas por el Ministerio Fiscal».

La Audiencia dice que la sentencia del Juzgado de lo Penal «incide en un neto quebrantamiento de forma, de imposible subsanación en esta alzada». De hecho, explica que no se da respuesta a todos los elementos de los delitos planteados por el fiscal pese a que en un momento del fallo se dice que «no se discute la realización del acusado» del delito y que las pruebas periciales «lo evidencian». Sin embargo, luego no se vuelve sobre ello.

La Audiencia recuerda el deber de motivación que tienen los jueces a la hora de redactar las sentencias. «No es algo que afecta tan sólo a su estructura formal, sino que se integra en el derecho de defensa y en el principio de tutela judicial», dice el fallo, que asegura que «su carencia entraña una vulneración de este derecho fundamental».