El diputado ibicenco del Partido Popular, Miguel Jerez.

El Congreso de los Diputados aprobó ayer, con los votos en contra de PP, Ciudadanos, Vox, ERC y Grupo Plural (BNG y Pdcat) y el voto favorable de PSOE, Unidas Podemos y PNV, el Proyecto de Ley de prevención y lucha contra el fraude fiscal que modifica la tributación de las transmisiones de bienes procedentes de pactos sucesorios.

Dicho Proyecto de Ley se remitirá al Senado, donde el texto podrá ser enmendado, lo que supondría que debería volver a la Cámara baja para su definitiva ratificación.

Según señaló el diputado ibicenco del Partido Popular, Miguel Jerez, con su voto favorable a esta ley «el PSOE prefiere proteger al recaudador antes que a las familias». En este sentido, aseguró que «nunca desde Madrid se hizo tanto daño a nuestras costumbres e instituciones de derecho propio».

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Esta ley antifraude regula una nueva fiscalidad aplicable a los pactos sucesorios, una institución jurídica propia del derecho civil de Baleares. De esta forma, los beneficiarios de un pacto sucesorio estarían obligados a mantenerse en la titularidad de ese bien durante un mínimo de 10 años para evitar el incremento fiscal en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.

Según Jerez, «con esta propuesta no se soluciona el problema de fondo sino todo lo contrario. De esta manera, se estaría condenando al beneficiario de un pacto sucesorio a mantener en su haber el bien heredado en vida durante un periodo de diez años para evitar la agresividad fiscal».

En este mismo sentido, el diputado ibicenco explicó que «se sigue desfigurando la institución jurídica del pacto sucesorio y se desincentivaría mucho su práctica común y habitual entre personas con vecindad civil ibicenca».

Desde el PSOE, por su parte, han defendido en todo momento que la norma no afecta a la figura de los pactos sucesorios e insistieron en que el proyecto de ley busca modificar la Ley de IRPF para corregir lo que consideró un «abuso» de esta figura para «especular con esos bienes y evitar el pago de impuestos» al vender los bienes sin tener que tributar por la ganancia patrimonial.