La magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 de Eivissa, Clara Ramírez de Arellano, dejó ayer visto para sentencia el caso de J.M.G.A., un hombre acusado de agredir a su madre y amenazar a su mujer. En su defensa, el acusado alegó que no recordaba ninguno de los dos hechos, ya que explicó que ocurrieron en una época, el año 2006, en la que atravesó un mal momento agravado por la circunstancia de que su mujer se llevó al hijo de ambos recién nacido a casa de los padres de él y no se lo dejaba ver.

«No recuerdo nada de ese periodo», respondió el hombre a las presuntas de la juez y de la representante del Ministerio Público, que solicita para este hombre una pena de tres años de cárcel, dos por un delito de lesiones y uno por el de amenazas, además de una multa por las supuestas lesiones causadas a su madre.

En el juicio, tanto la madre como el padre se acogieron a su derecho a no declarar para no perjudicar a su hijo. Al respecto, el abogado de la defensa dijo que esta mujer, cuando se produjeron los hechos, no fue informada de este derecho, por lo que sí declaró ante la policía.

Sí testificó, por videoconferencia, la mujer del acusado, que dijo que en aquella época su marido, con el que no convive aunque continúa casada con él, le envió varios mensajes al teléfono móvil en los que la llamaba «zorra» y la amenazaba, además de culparla por el estado de ansiedad e irritabilidad que él padecía y por el que, al parecer, tuvo que ser hospitalizado.

El resto del juicio fue un cruce de testimonios contradictorios entre los médicos citados por las partes. Uno decían que sí es posible que el acusado sufriera un trastorno mental transitorio que le impidiera discernir entre el bien y el mal y le causara amnesia, mientras que otros sostenían contrario. Las forenses que lo examinaron en su momento declararon que el hombre no tenía afectadas sus capacidades volutiva e intelectiva, un dictamen que hicieron suyo el Ministerio Público y la acusación particular.