Como la mayoría sabrá, es práctica habitual en numerosas empresas de nuestra isla, muchas de ellas relacionadas con la hostelería, pagar al trabajador una parte del sueldo en ‘B’. Con frecuencia me encuentro conocidos que ingresan, pongamos como ejemplo, 700-800 euros, más otros 300 en ‘sobres’ de dinero negro. Se trata de un fenómeno tan extendido, incluso aceptado por muchos de esos empleados, como indecente. Que conste que no trato de impartir lecciones de derecho laboral, sino denunciar una situación que acaba repercutiendo al sistema de recaudación y al derecho de los trabajadores.

Muchas de estas empresas, Pimes en gran medida, culpan de ello al estrangulamiento al que les someten las administraciones y que mengua sus posibilidades de contratación, o, en el caso que nos ocupa, de ofrecer un sueldo digno –y legal– a sus trabajadores. Otras muchas empresas consideran que el pago en B favorece también al empleado, pues no declara ese pago a Hacienda. Nada más lejos de la realidad. Cobrar esa parte de nuestro salario en negro nos perjudica incluso aunque no nos corresponda hacer la declaración del IRPF –en caso de cobrar menos de 22.000 euros brutos al año de un único pagador contando con el sobresueldo en B–.

Al pagar una parte en negro, el empresario se ahorra la cotización a la Seguridad Social de esa cantidad irregular, que algunos entendidos cifran en el 30%. Además, esa parte en B no habrá pagado el IVA del mismo, incurriendo en otro fraude que, según nuestro actual tope máximo, podría alcanzar el 21% dependiendo de la actividad de la empresa. Del mismo modo, el empresario se habrá ahorrado el impuesto de sociedades. Mientras tanto, el trabajador estará cotizando sólo el salario ‘oficial’, lo que repercutirá en menos paro, menor indemnización en caso de despido y menor pensión de jubilación.