Tareas de búsqueda de la cabeza del fallecido en el accidente en el puerto de Ibiza (Izquierda). La embarcación destrozada por el ferry (Derecha). | Daniel Espinosa

El Juzgado de Instrucción número 2 de Ibiza considera que existen indicios de criminalidad suficientes para acusar de un delito de homicidio por imprudencia grave o menos grave al capitán de un ferry por el accidente mortal ocurrido el 17 agosto de 2021 en la bocana del puerto de Ibiza.

La magistrada, que ha concluido la investigación, acusa también del mismo delito al primer oficial de ferry y al patrón de la barca de recreo en la que viajaba el hombre valenciano fallecido en el suceso, según ha informado en un comunicado el despacho Domingo Monforte Abogados Asociados, que representa la acusación particular ejercida por la familia de la víctima.

El accidente se produjo el 17 de agosto de 2021 sobre las 23:30 horas cuando las dos embarcaciones, la barca de recreo India y el buque de pasajeros Formentera Direct, que cubre el trayecto entre las Pitiusas, se encontraban navegando por el canal de acceso a la bocana del puerto de Ibiza en dirección a sus respectivos atraques.

De acuerdo al auto judicial, justo antes de la colisión, habían entrado hacia la bocana del puerto otras dos embarcaciones, el Cala Dor y el buque de pasaje Espalmador Jet.

En el puente de gobierno del Formentera Direct se encontraban el capitán, el primer oficial y el jefe de máquinas.

En ese momento, según el auto, una voz que podría ser del primer oficial pregunta por un «eco que aparece» en la pantalla del radar ARPA (Automatic Radar Plotting Aid por sus siglas en inglés) y otra voz, que podría ser del capitán, lo achaca a «un rebote o falso eco» generado por el barco Cala Dor, ya que a la vista no distinguía «ninguna luz».

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En los siguientes segundos, el falso eco se siguió acercando hasta que el Formentera Direct terminó por embestir a la embarcación de recreo, causando la muerte a uno de los dos pasajeros.

Según concluye la investigación, el fallecimiento se produjo como consecuencia de la «inobservancia de los concretos deberes de cuidado y vigilancia» de ambos patrones, así como del primer oficial del buque.

También sostiene que la tripulación del ferry «no mantuvo una eficaz vigilancia visual y auditiva» y tampoco «una velocidad acorde al tráfico reinante», además de no realizar «una maniobra evasiva con la debida antelación al percatarse de que la embarcación obligada a mantener apartado de su derrota no lo hacía».

Asimismo, señala que el patrón de la embarcación India navegaba «sin el preceptivo despacho y con el certificado de suficiencia caducado» y que no se apartó del buque, a pesar de la «prioridad de éste».

También añade que navegaba con las luces apagadas, «no realizó señales visuales y auditivas para advertir a la otra embarcación» y su patrón pudo tener «alteradas sus facultades» por la ingesta de alcohol.

La familia de la víctima pide para los acusados una pena de 4 años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión por un período de 6 años y reclama, a su vez, la responsabilidad civil de la empresa y de las aseguradoras de ambas naves.

Una vez finalizada la investigación, el Juzgado de lo Penal de Ibiza será el encargado de depurar las responsabilidades.